captura de lepidopteros
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captura de lepidopteros
Hola a todos, mi nombre es Carlos y soy un gran aficionado al mundo de las mariposas.
Aunque nunca escriba quería deciros que os sigo desde hace ya mucho tiempo y practicamente a diario y quería tambien daros las gracias a todos porque estoy aprendiendo mucho con lo que escribis en este foro,
Tengo una preguntilla y seguro que podeis contestarme:
Me suelo mover mucho por el parque natural de grazalema, los alcornocales y tambien doñana y de vez en cuando capturo alguna mariposa y me gustaria saber hasta que punto me pueden multar si me cogen los del seprona. Entiendo que si es una especie en peligro(que no capturo) si me pueden multar pero si no lo estan, ¿me pueden multar por capturar en un parque natural?. Cuando empieze el buen tiempo me gustaria poner una trampa de luz en algún sendero de estos parques y no se hasta que punto me la juego.
Bueno espero podais ayudarme. Un saludo y gracias de antemano.
Aunque nunca escriba quería deciros que os sigo desde hace ya mucho tiempo y practicamente a diario y quería tambien daros las gracias a todos porque estoy aprendiendo mucho con lo que escribis en este foro,
Tengo una preguntilla y seguro que podeis contestarme:
Me suelo mover mucho por el parque natural de grazalema, los alcornocales y tambien doñana y de vez en cuando capturo alguna mariposa y me gustaria saber hasta que punto me pueden multar si me cogen los del seprona. Entiendo que si es una especie en peligro(que no capturo) si me pueden multar pero si no lo estan, ¿me pueden multar por capturar en un parque natural?. Cuando empieze el buen tiempo me gustaria poner una trampa de luz en algún sendero de estos parques y no se hasta que punto me la juego.
Bueno espero podais ayudarme. Un saludo y gracias de antemano.
carlos- Cantidad de envíos : 17
Fecha de inscripción : 21/11/2010
Edad : 42
Localización : sevilla
Re: captura de lepidopteros
Hola Carlos,
Resumiendo...si que es ilegal y más siendo un parque natural. Necesitarías u permiso de la Consejería pertinente, y normálmente, si no vas avalado por alguna sociedad entomológica, universidad o algo similar...dificil lo tienes. Muchas veces incluso perteneciendo a alguno de estos te ponen muchas pegas. Te lo digo porque soy fotógrafo de naturaleza aficionado y en depende qué parques naturales...tengo que sacar permisos hasta para hacer fotos, diciendo dónde voy a hacerlas y a qué.
No me deja poner link por ser usuario nuevo pero si buscas por google "Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres", te saldrá en el primer resultado de la búsqueda.
El artículo que interesa en este caso sería el siguiente:
Artículo 11. Tenencia y cría en cautividad de fauna silvestre.
1. Todos los animales cautivos pertenecientes a especies autóctonas que no puedan ser objeto de aprovechamiento y comercialización conforme al Título II de la presente Ley estarán provistos de la documentación o marca indeleble e inviolable que acredite su legal adquisición o de ambas cosas.
La tenencia de ejemplares pertenecientes a especies amenazadas requerirá además la autorización de la Consejería competente en materia de medio ambiente, que podrá exigir a sus propietarios o titulares la identificación genética de los mismos.
2. La cría en cautividad de especies autóctonas requerirá la autorización de la Consejería competente en materia de medio ambiente, que establecerá los controles oportunos a fin de comprobar el origen de los ejemplares nacidos en cautividad.
3. La apertura al público de parques zoológicos estará sujeta a autorización administrativa de la Consejería competente en materia de medio ambiente de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se determinen. Se entiende por parque zoológico cualquier establecimiento, ya sea público o privado, que, con independencia de los días que esté abierto al público, tenga carácter permanente y mantenga animales vivos de especies silvestres, tanto autóctonas como alóctonas, para su exposición. Quedan excluidos los circos y las tiendas de animales.
4. La tenencia y cría en cautividad de especies alóctonas se regirá por lo dispuesto en la normativa específica y, en su caso, convenios internacionales que resulten de aplicación.
Asimismo, los responsables del mantenimiento de cualquier ejemplar de especie alóctona, o de ejemplares híbridos o transgénicos adoptarán las medidas de seguridad que garanticen el total confinamiento de los mismos, a fin de evitar su fuga y propagación en el medio natural. Los daños ocasionados por fugas fortuitas serán responsabilidad del titular de la instalación o ejemplar, quien deberá comunicar la misma a la Consejería competente en materia de medio ambiente en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas.
Saludos
Resumiendo...si que es ilegal y más siendo un parque natural. Necesitarías u permiso de la Consejería pertinente, y normálmente, si no vas avalado por alguna sociedad entomológica, universidad o algo similar...dificil lo tienes. Muchas veces incluso perteneciendo a alguno de estos te ponen muchas pegas. Te lo digo porque soy fotógrafo de naturaleza aficionado y en depende qué parques naturales...tengo que sacar permisos hasta para hacer fotos, diciendo dónde voy a hacerlas y a qué.
No me deja poner link por ser usuario nuevo pero si buscas por google "Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres", te saldrá en el primer resultado de la búsqueda.
El artículo que interesa en este caso sería el siguiente:
Artículo 11. Tenencia y cría en cautividad de fauna silvestre.
1. Todos los animales cautivos pertenecientes a especies autóctonas que no puedan ser objeto de aprovechamiento y comercialización conforme al Título II de la presente Ley estarán provistos de la documentación o marca indeleble e inviolable que acredite su legal adquisición o de ambas cosas.
La tenencia de ejemplares pertenecientes a especies amenazadas requerirá además la autorización de la Consejería competente en materia de medio ambiente, que podrá exigir a sus propietarios o titulares la identificación genética de los mismos.
2. La cría en cautividad de especies autóctonas requerirá la autorización de la Consejería competente en materia de medio ambiente, que establecerá los controles oportunos a fin de comprobar el origen de los ejemplares nacidos en cautividad.
3. La apertura al público de parques zoológicos estará sujeta a autorización administrativa de la Consejería competente en materia de medio ambiente de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se determinen. Se entiende por parque zoológico cualquier establecimiento, ya sea público o privado, que, con independencia de los días que esté abierto al público, tenga carácter permanente y mantenga animales vivos de especies silvestres, tanto autóctonas como alóctonas, para su exposición. Quedan excluidos los circos y las tiendas de animales.
4. La tenencia y cría en cautividad de especies alóctonas se regirá por lo dispuesto en la normativa específica y, en su caso, convenios internacionales que resulten de aplicación.
Asimismo, los responsables del mantenimiento de cualquier ejemplar de especie alóctona, o de ejemplares híbridos o transgénicos adoptarán las medidas de seguridad que garanticen el total confinamiento de los mismos, a fin de evitar su fuga y propagación en el medio natural. Los daños ocasionados por fugas fortuitas serán responsabilidad del titular de la instalación o ejemplar, quien deberá comunicar la misma a la Consejería competente en materia de medio ambiente en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas.
Saludos
Última edición por shade el Lun Ene 23, 2012 5:58 pm, editado 1 vez
shade- Cantidad de envíos : 42
Fecha de inscripción : 21/01/2012
Re: captura de lepidopteros
y más que nada, como vas a poner una trampa de luz en un parque? como que no se va a notar
Sunflower Master- Cantidad de envíos : 41
Fecha de inscripción : 06/12/2011
Edad : 30
Localización : Barcelona, Catalunya
Re: captura de lepidopteros
Si que se nota si jejjee. Y en cuanto a que esté en peligro o no la especie...casi que da igual ya que normálmente las autoridades no tienen ni idea si se trata de artrópodos (salvo casos muy llamativos y en grave peligro como pasa con el Lucanus cervus o Saga pedo por ejemplo). Con lo cual lo normal es que si te ven cogiendo o arrancando algo...aplican el que todo está protegido y multa al canto.
shade- Cantidad de envíos : 42
Fecha de inscripción : 21/01/2012
muchas gracias
Muchas gracias por las respuestas. Ya por lo menos se a que me atengo.
carlos- Cantidad de envíos : 17
Fecha de inscripción : 21/11/2010
Edad : 42
Localización : sevilla
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